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V2283-24 28 octobre 2024 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IVA · unidad económica autónoma

La cession de licence de taxi et de véhicule n'est pas assujettie à la TVA si elle constitue une unité économique autonome

Un chauffeur de taxi s'interroge sur le traitement fiscal de la cession de sa licence et de son véhicule. La DGT détermine que l'opération n'est pas assujettie à la TVA si les éléments forment une unité économique autonome et que la réduction pour cession d'éléments patrimoniaux de l'IRPF ne s'applique pas, faute de remplir les conditions légales.

La question posée

Cuestión planteada Tratamiento fiscal respecto al IVA y al IRPF de la operación de transmisión del patrimonio empresarial, en especial, si es de aplicación la reducción prevista en la DA séptima de la Ley del IRPF.

La position de la DGT

La transmisión de un conjunto de elementos corporales e incorporales que constituyan una unidad económica autónoma capaz de desarrollar una actividad empresarial no está sujeta al IVA. En el caso de la licencia de taxi y el vehículo, se considera que existe la estructura organizativa necesaria para la no sujeción. Respecto al IRPF, la ganancia patrimonial por la transmisión de la licencia no puede beneficiarse de la reducción de la DA séptima si no se motiva por jubilación, incapacidad permanente, reestructuración del sector o transmisión a familiares hasta segundo grado.

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