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V2249-23 27 juillet 2023 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · arras

Impossibilité de comptabiliser une perte patrimoniale pour des arrhes non restituées sans respecter l'art. 14.2 k)

Le demandeur s'interroge sur la possibilité de déclarer une perte patrimoniale de 27 000 euros correspondant à des arrhes non restituées par le vendeur. La DGT précise que les fonds versés constituent un droit de créance et non une perte patrimoniale immédiate.

La question posée

Cuestión planteada Al no tener noticias del vendedor, pregunta si es posible computar una pérdida patrimonial en la declaración del IRPF-2022.

La position de la DGT

El importe de las arras no genera una pérdida patrimonial por sí mismo, ya que existe un derecho de crédito a favor del consultante. Esta pérdida solo podrá imputarse cuando concurra alguna de las circunstancias del artículo 14.2 letra k) de la Ley del IRPF, como la conclusión de un procedimiento judicial de ejecución del crédito tras un año. Si se produce la pérdida bajo estos supuestos, se integrará en la base imponible general.

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