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V2158-21 29 juillet 2021 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · refacturación de gastos

La refacturation de frais est soumise à la TVA au taux normal de 21 % et permet la déduction selon la règle du prorata

Une question a été posée pour savoir si la refacturation de coûts par une entité est assujettie à la TVA et comment la déduction doit être appliquée. La DGT répond que la refacturation constitue une prestation de services soumise à l'impôt et précise le régime de déduction pour les entités duales.

La question posée

Cuestión planteada Si dicha refacturación se encontraría sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido y, en su caso, devengo y tipo impositivo aplicable. Deducibilidad de las cuotas del Impuesto soportadas por el consultante y plazo para su ejercicio.

La position de la DGT

La refacturación de gastos constituye una prestación de servicios sujeta y no exenta de IVA, con una base imponible determinada por la contraprestación pactada o según las cláusulas contractuales. Se debe aplicar el tipo general del 21 por ciento. Si la entidad realiza operaciones sujetas y no sujetas, deberá aplicar la regla de prorrata para la deducción de las cuotas soportadas. El derecho a la deducción puede ejercitarse en el periodo del devengo o en periodos sucesivos, siempre que no transcurran cuatro años.

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