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V2117-20 24 juin 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · escisión total

La scission totale d'une société peut bénéficier du régime fiscal spécial sous la loi sur les modifications structurelles

Une entité demande un avis concernant une scission totale visant à séparer les actifs affectés à des activités économiques des autres actifs. La DGT précise que l'opération peut entrer dans le régime spécial de la LIS si elle respecte les conditions commerciales et n'a pas pour objectif principal l'avantage fiscal.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

La position de la DGT

Si la operación se realiza en el ámbito mercantil conforme a la Ley 3/2009, cumple los requisitos del artículo 76.2.1ºa) de la LIS para ser considerada escisión total. Al mantener los socios su proporcionalidad, no es necesario que los patrimonios constituyan ramas de actividad. No obstante, la aplicación del régimen especial requiere que la operación no tenga como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, sino motivos económicos válidos. Los motivos de gestión separada, integración de activos, planificación sucesoria o separación de riesgos podrían considerarse válidos, aunque su calificación depende de los hechos.

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