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V2069-19 8 août 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación no dineraria

Application du régime spécial des apports en nature sous réserve de participation et de motifs économiques

Une personne physique s'interroge sur la possibilité de soumettre l'apport de participations de deux sociétés à une troisième au régime spécial de la LIS. La DGT précise que les conditions minimales de participation et de détention sont remplies, tout en avertissant que la validité des motifs économiques dépendra des faits concrets et de l'éventuelle existence d'options d'achat ou de vente.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España y el aportante debe participar al menos un 5% en sus fondos propios. En el caso de personas físicas, las participaciones aportadas deben representar al menos el 5% de los fondos propios de la entidad aportada, no ser una gestión de patrimonio mobiliario/inmobiliario y haberse poseído ininterrumpidamente durante el año anterior. La aplicación del régimen queda excluida si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si no existen motivos económicos válidos como la reestructuración de actividades.

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