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V2031-19 6 août 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación no dineraria

Application du régime spécial des apports en nature sous conditions de participation et de motifs économiques

Des propriétaires de deux sociétés s'interrogent sur la possibilité de bénéficier du régime spécial de la LIS lors de l'apport de leurs participations à de nouvelles sociétés holdings. La DGT précise que cela est possible si les seuils de participation sont respectés et si l'opération répond à des motifs économiques valables, et non uniquement à un avantage fiscal.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, el aportante debe participar al menos en el 5% de los fondos propios de la entidad receptora. En el caso de personas físicas, las participaciones aportadas deben representar al menos el 5% de los fondos propios de la entidad y haber sido poseídas ininterrumpidamente durante el año anterior. Además, la operación no debe tener como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, debiendo responder a motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades.

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