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V2008-15 26 juin 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación no dineraria

Application du régime spécial des apports en nature sous réserve du respect des conditions de l'IS et de l'existence de motifs économiques valables

Le consultant s'interroge sur la possibilité d'assujettir l'apport de parts sociales de plusieurs entités à une nouvelle société holding au régime spécial des apports d'actifs. La DGT répond que ce régime est applicable si les conditions de participation et de résidence sont remplies, et si l'opération repose sur des motifs économiques valables ne se limitant pas à l'avantage fiscal.

La question posée

Cuestión planteada Si la aportación no dineraria descrita, es susceptible de acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VII del título VII de Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

El régimen especial es aplicable si la entidad receptora es residente en España, el aportante mantiene una participación de al menos el 5% en los fondos propios de la entidad tras la aportación, y las participaciones se han poseído ininterrumpidamente durante el año anterior. Asimismo, la operación no debe tener como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, debiendo responder a motivos económicos válidos como la racionalización de actividades o la gestión de intereses empresariales. Los motivos de centralización de gestión, simplificación sucesoria y mejora de la estructura holding pueden considerarse válidos según el artículo 89.2 de la LIS.

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