Aller au contenu
Retour à l'index
V1832-21 10 juin 2021 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · mínimo por descendientes

Application du minimum pour descendants en cas de dépendance économique sans cohabitation

Un contribuable s'interroge sur la possibilité d'appliquer le minimum pour descendants après une séparation, ses enfants vivant avec la mère alors qu'il leur verse une pension. La DGT précise que cela est possible si la dépendance économique est prouvée, mais que le régime des pensions alimentaires ne peut être invoqué en l'absence de décision judiciaire.

La question posée

Cuestión planteada Aplicación del mínimo por descendientes y el régimen de especialidades previsto en los artículos 64 y 75 de la LIRPF, en su declaración de IRPF-2020.

La position de la DGT

El progenitor tiene derecho al mínimo por descendientes si el hijo no supera los 8.000 euros de rentas anuales, no presenta declaración con rentas superiores a 1.800 euros y se cumple el requisito de convivencia o dependencia económica. La dependencia económica se asimila a la convivencia para este fin. Si ambos progenitores tienen derecho al mínimo, este se prorrateará a partes iguales. No es aplicable el régimen de especialidades de los artículos 64 y 75 si las anualidades por alimentos no se satisfacen por decisión judicial.

Email
Contact