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V1799-25 13 octobre 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · anualidades por alimentos

Les frais d'éducation et de santé fixés par convention judiciaire peuvent être imposés comme pensions alimentaires annuelles

Le demandeur souhaite savoir si les frais extraordinaires d'éducation et de santé de ses filles, établis dans une convention de divorce, peuvent être imposés sous le régime des spécialités. La DGT répond par l'affirmative, dès lors qu'il s'agit de frais d'entretien conformément au Code civil.

La question posée

Cuestión planteada Si respecto a los gastos extraordinarios con motivo de los estudios superiores que están cursando sus hijas (matrícula, residencia, libros de texto, ciclos formativos y demás gastos derivados de la educación y formación de los hijos, clases particulares de apoyo en el caso de que fueran necesarias, etc), así como respecto a gastos médicos necesarios no cubiertos por la Seguridad Social (ortodoncia, gafas graduadas, etc.), puede aplicar el régimen de especialidades. previsto en los artículos 64 y 75 de la LIRPF.

La position de la DGT

Los gastos de educación (residencia, etc.) y médicos establecidos en un convenio regulador judicial pueden incidir en la liquidación del IRPF mediante el régimen de especialidades de los artículos 64 y 75 de la LIRPF. Estos gastos deben ser efectivamente realizados y corresponderse con el concepto de alimentos del artículo 142 del Código Civil. La acreditación debe hacerse por cualquier medio de prueba admitido en Derecho.

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