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V1723-23 15 juin 2023 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos de actividades económicas

Traitement fiscal des aides COVID-19 perçues par les travailleurs indépendants au Royaume-Uni

Un travailleur indépendant ayant exercé au Royaume-Uni jusqu'en 2021 s'interroge sur l'imposition en Espagne, au titre de l'IRPF, d'une aide COVID-19 reçue. La DGT précise que, pour un résident fiscal en Espagne, ladite aide est qualifiée de revenu d'activité économique et doit être imposée conformément aux règles de la Convention avec le Royaume-Uni.

La question posée

Cuestión planteada Desea conocer si a dicha ayuda le resulta aplicable el artículo 20 "Otras rentas" del Convenio para evitar la doble imposición entre España y reino Unido y si, por aplicación de dicho precepto, no debe tributar por dicha ayuda por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por el período impositivo 2021.

La position de la DGT

Si la ayuda se concede por la condición de explotación de una empresa, tributa conforme al artículo 7 del Convenio hispano-británico. Al compensar la disminución de ingresos, se califica como rendimiento de actividad económica según el artículo 27.1 de la LIRPF. Si el contribuyente es residente en España, tributará por su renta mundial, salvo que la actividad se realice mediante un establecimiento permanente en Reino Unido. En ese caso, la renta podría tributar en Reino Unido y España aplicaría la deducción por doble imposición internacional.

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