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V1705-15 29 mai 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación no dineraria

Conditions d'éligibilité au régime spécial d'apport en nature de parts sociales

Une personne physique s'interroge sur la possibilité de bénéficier du régime fiscal spécial lors de l'apport de ses parts dans une société holding à une autre société. La DGT confirme que cela est possible sous réserve du respect des seuils de participation requis et de l'existence de motifs économiques valables.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades 27/2014, de 27 de noviembre.

La position de la DGT

Para que la aportación de acciones o participaciones sociales por personas físicas se acoja al régimen especial, estas deben representar al menos el 5% de los fondos propios de la entidad y haber sido poseídas ininterrumpidamente durante el año anterior. Además, tras la aportación, el aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en los fondos propios de la entidad receptora. La operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal, debiendo responder a motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades.

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