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V1652-18 12 juin 2018 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Les rémunérations des associés pour services professionnels : revenus du travail ou activités économiques

La DGT précise les modalités d'imposition à l'IRPF des services fournis par des associés à leur société ainsi que leur assujettissement à la TVA. La nature du revenu au titre de l'IRPF dépend de l'activité exercée et du régime de sécurité sociale, tandis que pour la TVA, le critère déterminant est l'indépendance ou la subordination de l'associé.

La question posée

Cuestión planteada Se consulta la tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por la retribución correspondiente a los servicios prestados por los socios a la sociedad consultante, así como la sujeción de si dichos servicios al Impuesto sobre el Valor Añadido.

La position de la DGT

En IRPF, las retribuciones de administradores son rendimientos del trabajo. Los servicios profesionales de socios serán rendimientos de actividades económicas solo si la actividad es profesional, la sociedad es de servicios profesionales y el socio está dado de alta en el régimen especial de la Seguridad Social o mutualidad. En IVA, la sujeción depende de si el socio actúa con independencia o subordinación, analizando si organiza medios propios, si asume riesgo económico y si tiene autonomía organizativa.

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