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V1577-24 26 juin 2024 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · cesión global de activos y pasivos

Exonération de l'impôt sur les sociétés pour les revenus issus de la dissolution d'une association par cession globale d'actifs

Une association d'utilité publique a sollicité un avis sur l'exonération de l'impôt sur les sociétés concernant les revenus générés par la cession globale de ses actifs et passifs à une fondation lors de sa dissolution. La DGT précise que ces revenus sont exonérés si l'association remplit les conditions de la Loi 49/2002 et que la fondation est une entité bénéficiaire du mécénat.

La question posée

Cuestión planteada Si la renta que se pone de manifiesto en la asociación como consecuencia de su disolución por la cesión global de activos y pasivos descrita está exenta de tributación en el Impuesto sobre Sociedades por aplicación del artículo 6.3º de la Ley 49/2002, ya estén afectos los bienes transmitidos a actividades exentas o no.

La position de la DGT

La renta derivada de la disolución y liquidación de una entidad sin fines lucrativos está exenta en el Impuesto sobre Sociedades según el artículo 6.3 de la Ley 49/2002. Esta exención se aplica a todos los bienes transmitidos en bloque mediante una cesión global de activos y pasivos, independientemente de si los bienes estaban afectos a actividades exentas o no. Para que se cumpla el requisito de disolución, el patrimonio debe destinarse íntegramente a entidades beneficiarias del mecenazgo, según el artículo 3.6 de la citada Ley.

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