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V1529-20 21 mai 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación no dineraria

Conditions d'application du régime spécial des apports en nature et exigence de motifs économiques valables

Un contribuable s'interroge sur la possibilité de soumettre l'apport de participations d'une entité à une autre au régime spécial de l'impôt sur les sociétés (LIS). La DGT précise que cela est possible sous réserve du respect des conditions de participation et de détention, et à condition que l'opération repose sur des motifs économiques valables et non sur de simples objectifs fiscaux.

La question posée

Cuestión planteada 1. Si las operaciones de aportación de participaciones planteadas en el escrito de consulta pueden acogerse al régimen fiscal especial previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España y el aportante debe mantener una participación de al menos el 5% en los fondos propios. Además, las participaciones deben haberse poseído ininterrumpidamente durante el año anterior y la entidad no puede tener como actividad principal la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario. La operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal, requiriendo motivos económicos válidos.

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