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V1401-22 15 juin 2022 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · rectificación de cuotas

Rectification des factures de TVA après un contrôle : conditions de non-fraude et respect du délai de quatre ans

Une entreprise de construction a sollicité la possibilité de rectifier des factures suite à la décision de l'AEAT déclarant impropre l'inversion du sujet passif. La DGT confirme que cette rectification est possible sous réserve de l'absence de fraude et du respect du délai de quatre ans, lequel exclut la période correspondant au contrôle fiscal.

La question posée

Cuestión planteada Posibilidad de rectificar las citadas facturas y de que la Sociedad B tenga derecho a deducir las nuevas cuotas del Impuesto sobre el Valor Añadido repercutidas por la Sociedad A.

La position de la DGT

La rectificación de cuotas de IVA es procedente si se emitió una factura original y se realiza al advertir la causa incorrecta, siempre que no hayan pasado cuatro años desde el devengo. En el cómputo de este plazo no se incluye el tiempo transcurrido desde el inicio de las actuaciones de comprobación hasta la firmeza del acto administrativo. No procede la rectificación si la Administración acredita que el sujeto pasivo participó en un fraude o sabía que lo hacía. La deducción de las nuevas cuotas por el destinatario se rige por el régimen general de deducciones.

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