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V1343-26 3 juin 2026 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · salarios de tramitación

Non-application de la réduction de 30 % aux salaires de procédure et application à l'excédent de l'indemnité de licenciement

Un contribuable s'interroge sur l'éligibilité à la réduction de 30 % pour irrégularité dans le temps des salaires de procédure et de l'indemnité de licenciement abusif perçus en 2024. La DGT conclut que les salaires ne sont pas éligibles en raison de leur période de génération, tandis que l'excédent de l'indemnité exonérée peut bénéficier de ladite réduction.

La question posée

Cuestión planteada Posibilidad de aplicar la reducción del 30 por ciento recogida en el artículo 18.2 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a las cuantías percibidas en 2024: salarios de tramitación e indemnización por despido improcedente.

La position de la DGT

Los salarios de tramitación no admiten la reducción del 30% del artículo 18.2 LIRPF al corresponderse con un periodo no superior a dos años. La indemnización por despido improcedente está exenta hasta los límites del Estatuto de los Trabajadores y un máximo de 180.000 euros. El exceso de dicha indemnización, calificado como rendimiento del trabajo, podrá aplicar la reducción del 30% si el periodo de generación es superior a dos años y no supera los 300.000 euros anuales.

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