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V1152-23 5 mai 2023 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · indemnización por despido

L'indemnité de licenciement collectif est exonérée dans les limites du Statut des travailleurs et de 180 000 euros

La question porte sur l'application de l'exonération prévue à l'article 7.e) et de la réduction de l'article 18.2 à une indemnité de licenciement collectif comprenant 45 jours de salaire par année ainsi que des compléments liés à l'âge ou à la vulnérabilité. La DGT précise que la part exonérée est limitée au montant obligatoire en cas de licenciement sans cause réelle et sérieuse et ne peut excéder un plafond de 180 000 euros.

La question posée

Cuestión planteada Tributación de la indemnización por despido satisfecha: 45 días de salario por año de servicio y complementos indemnizatorios: prima lineal por edad y prima por pertenencia a colectivos en riesgo de exclusión social. Aplicación de la reducción contemplada en el artículo 18.2 de la Ley del Impuesto.

La position de la DGT

La indemnización por despido colectivo está exenta en la parte que no supere los límites establecidos obligatoriamente en el Estatuto de los Trabajadores para el despido improcedente, con un límite máximo de 180.000 euros. El exceso sobre estos límites tributa como rendimiento del trabajo, pudiendo aplicarse la reducción del 30 por ciento del artículo 18.2 de la LIRPF bajo los requisitos de dicha norma. El límite de la exención depende de si el contrato es anterior o posterior al 12 de febrero de 2012 para determinar los días de salario aplicables.

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