Aller au contenu
Retour à l'index
V1140-19 24 mai 2019 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · escisión

La scission d'une activité de location peut être hors champ de la TVA si elle constitue une unité économique autonome

La consultante s'interroge sur l'assujettissement à la TVA de la scission de son activité de location de logements vers de nouvelles sociétés et sur l'applicabilité du taux réduit de 4 %. La DGT précise que l'exonération dépend de la capacité des éléments transférés à constituer une unité économique autonome et analyse l'application du taux de 4 % selon la destination des logements.

La question posée

Cuestión planteada Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de las operaciones de escisión, así como aplicación del tipo impositivo reducido del 4 por ciento para entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas en las sociedades de nueva creación.

La position de la DGT

La transmisión no estará sujeta a IVA si los elementos transmitidos constituyen una unidad económica autónoma capaz de desarrollar una actividad por sus propios medios. Si la operación estuviera sujeta, las viviendas podrían estar exentas según el artículo 20.Uno.22º de la Ley. El tipo del 4% procede si la entidad adquirente tiene la intención confirmada de dedicar las viviendas al arrendamiento con derecho a bonificación. En el caso de una SOCIMI, no habrá rectificación del tipo del 4% si las viviendas permanecen arrendadas al menos tres años.

Email
Contact