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V1134-20 29 avril 2020 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Application de la réduction de 30 % pour revenus irréguliers lors d'un versement unique

Un retraité s'interroge sur la possibilité d'appliquer la réduction de 30 % relative aux revenus notoirement irréguliers suite à la perception d'une indemnité pour suppression d'un complément mensuel. La DGT confirme que cela est possible dès lors que le paiement est effectué en une seule fois et non de manière fractionnée.

La question posée

Cuestión planteada Al proponerle la entidad la sustitución del complemento mensual por un pago único o fraccionado hasta en cinco anualidades, pregunta sobre la aplicación de la reducción del artículo 18.2 de la ley 35/2006, teniendo en cuenta que en 2017 percibió de la misma entidad una compensación económica por la supresión de un complemento de beneficios sociales a la que aplicó la referida reducción como "renta notoriamente irregular".

La position de la DGT

La compensación por la supresión de complementos salariales o pensiones de duración indefinida se considera rendimiento del trabajo obtenido de forma notoriamente irregular. Para aplicar la reducción del 30% del artículo 18.2 de la LIRPF, la cuantía debe imputarse en un único periodo impositivo. Esta posibilidad no se ve afectada por haber aplicado la reducción en los cinco años anteriores, ya que dicha exclusión solo aplica a rendimientos con periodo de generación superior a dos años.

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