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V1075-26 14 mai 2026 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · comunidad de bienes

Possibilité de bénéficier du régime de neutralité fiscale par l'apport de parts d'une société en participation à une société

Un couple gérant des biens immobiliers via une société en participation demande s'il peut apporter ses parts à une nouvelle société sous le régime spécial des restructurations. La DGT confirme que cela est possible sous réserve de respecter les conditions de participation et d'affectation à une activité économique.

La question posée

Cuestión planteada 1.- Si a la aportación de inmuebles planteada sería aplicable el régimen especial de reestructuraciones empresariales regulado en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014 de 27 de noviembre del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

La aportación de las cuotas ideales de los comuneros a una sociedad se considera una aportación no dineraria especial según el artículo 87.1 de la LIS. Para aplicar el régimen de neutralidad fiscal, la entidad adquirente debe ser residente en España, los aportantes deben mantener una participación de al menos el 5% y los bienes deben estar afectos a actividades económicas. En el caso de arrendamientos, la actividad es económica si se emplea al menos a una persona con contrato laboral a jornada completa y se lleva contabilidad mercantil.

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