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V1054-16 16 mars 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportaciones no dinerarias

Application du régime spécial des apports en nature sous réserve de participation et de motifs économiques

Une entreprise a sollicité l'avis de la DGT concernant l'éligibilité d'une réorganisation de groupe au régime spécial des apports d'actifs. La DGT précise que cela est possible à condition de maintenir une participation minimale de 5 % dans les capitaux propres et que l'opération réponde à des motifs économiques valables, et non exclusivement à un avantage fiscal.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación descrita se puede acoger al régimen fiscal especial del capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades 27/2014, de 27 de noviembre.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad que recibe la aportación debe ser residente en España o tener un establecimiento permanente, y el aportante debe participar en al menos un 5% de sus fondos propios, requisito que se cumple tanto si se alcanza con la aportación como si ya existía antes. Asimismo, la operación debe responder a motivos económicos válidos, como la reestructuración o racionalización de actividades, y no tener como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal. Los motivos de reorganización de estructura para facilitar la gestión y evitar la concentración de riesgos pueden considerarse válidos.

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