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V0903-17 11 avril 2017 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Les rémunérations d'un associé pour services professionnels peuvent constituer des revenus d'activité économique au titre de l'IRPF

La question porte sur la taxation des services rendus par un associé à sa propre société et leur assujettissement à la TVA. La DGT détermine que, sous réserve de certains critères, ces services peuvent être qualifiés de revenus d'activités économiques au titre de l'IRPF et analyse l'indépendance requise pour l'assujettissement à la TVA.

La question posée

Cuestión planteada Se consulta la tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por la retribución correspondiente a los servicios prestados por el socio a la sociedad, teniendo en cuenta la nueva redacción dada al artículo 27 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por la Ley 26/2014.

La position de la DGT

En IRPF, las retribuciones por cargo de administrador son rendimientos del trabajo; si el socio presta servicios profesionales y está en el RETA, pueden ser rendimientos de actividades económicas. Para el IVA, la sujeción depende de si el socio actúa con independencia, organizando sus propios medios y asumiendo riesgos económicos, o si existe subordinación laboral. En el IAE, la sujeción requiere la ordenación por cuenta propia de medios de producción o recursos humanos.

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