Aller au contenu
Retour à l'index
V0883-15 23 mars 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportaciones no dinerarias

Possibilité d'appliquer le régime spécial des apports en nature sous conditions de participation et de motifs économiques

Une personne physique s'interroge sur la possibilité de soumettre l'apport de parts sociales d'une entreprise agricole à une autre société au régime spécial des apports en nature. La DGT confirme que cela est possible, sous réserve du respect des conditions relatives au pourcentage de participation, à la détention ininterrompue et à l'existence de motifs économiques valables.

La question posée

Cuestión planteada 1.º Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VII del título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad beneficiaria debe ser residente en España y el aportante debe participar al menos en el 5% de sus fondos propios tras la operación. En el caso de participaciones sociales, estas deben representar al menos el 5% de los fondos propios de la entidad, poseerse ininterrumpidamente durante el año anterior y la entidad no puede tener como actividad principal la gestión de patrimonio. Además, la operación no puede tener como fin principal el fraude o la ventaja fiscal, requiriendo motivos económicos válidos. Si se cumplen estos requisitos, las participaciones adquiridas mantienen la fecha de adquisición del transmitente para la exención de dividendos del artículo 21 de la LIS.

Email
Contact