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V0789-22 11 avril 2022 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · actividad económica

La déductibilité des charges nécessite l'exercice d'une activité économique et leur corrélation avec les revenus

Un médecin retraité s'interroge sur la possibilité de déduire ses frais liés à ses travaux scientifiques (cotisations professionnelles, congrès, matériel) au titre de l'IRPF. La DGT précise que la déduction de charges suppose l'existence préalable d'une activité économique et que celles-ci doivent être liées à l'obtention de revenus.

La question posée

Cuestión planteada Como "sigue atendiendo los gastos propios de su desempeño profesional no asistencial tales como, principalmente, las cuotas de los Colegios Profesionales de Médicos y de Odontoestomatólogos respectivamente, los gastos derivados de la compra de material necesario para el desarrollo, continuidad y mantenimiento de lo anteriormente señalado de índole científico, que no clínico o asistencial, como página web y galería científicas, la asistencia a congresos, y los gastos de estructura de un consultorio compartido con otros médicos, en donde se progresa, mejora, refuerza, promueve, impulsa, y desarrolla la labor científica e investigadora", pregunta sobre la deducibilidad de estos gastos en el IRPF.

La position de la DGT

Para que un gasto sea deducible, debe existir el ejercicio de una actividad económica, lo que requiere la ordenación por cuenta propia de medios de producción o recursos humanos. Si se cumple este requisito, los gastos deben estar correlacionados con la obtención de ingresos, estar justificados mediante factura o documento sustitutivo y cumplir con la correcta imputación temporal y registro contable.

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