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V0767-23 30 mars 2023 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación no dineraria

Application du régime spécial des apports en nature sous réserve de conditions de participation et de détention

Un groupe familial s'interroge sur la possibilité de soumettre l'apport de participations sociales à une nouvelle entité, destinée à centraliser les investissements, au régime spécial de l'impôt sur les sociétés (LIS). La DGT précise que cela est possible si les conditions relatives au pourcentage de participation et à la détention ininterrompue sont respectées, à condition qu'il ne s'agisse pas d'une manœuvre de fraude ou d'évasion fiscale.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

La position de la DGT

La aportación de acciones o participaciones sociales por personas físicas puede acogerse al régimen especial si la entidad receptora es residente en España, el aportante mantiene al menos un 5% de los fondos propios de la entidad receptora y las participaciones aportadas representan al menos un 5% de los fondos propios de la entidad aportante, habiendo sido poseídas ininterrumpidamente durante el año anterior. No obstante, el régimen no se aplicará si la operación tiene como principal objetivo el fraude, la evasión fiscal o la mera obtención de una ventaja fiscal sin motivos económicos válidos.

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