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V0753-21 30 mars 2021 · SG de Fiscalidad Internacional Critère en vigueur
IRNR · indemnización por despido

Les indemnités de licenciement sont imposables en Espagne si elles découlent d'un travail effectué sur le territoire espagnol

Un travailleur détaché au Mexique s'interroge sur la taxation de ses indemnités de rupture de contrat de travail. La DGT précise que ces sommes sont considérées comme des revenus du travail et sont imposables dans le pays où l'activité a été exercée.

La question posée

1. Si las cantidades abonadas en concepto de indemnización en cualquiera de los tres supuestos estarían incluidas dentro de las rentas del artículo 15 "Trabajos Dependientes" del Convenio hispano-mexicano.

La position de la DGT

Las indemnizaciones derivadas del cese de una relación laboral se consideran remuneraciones del artículo 15 del Convenio España-México. El pago debe distribuirse proporcionalmente atendiendo al tiempo y lugar del trabajo prestado. Si la indemnización busca resarcir daños personales o de carácter punitivo, podría calificarse como otras rentas del artículo 21. La parte de la indemnización derivada de trabajos realizados en España está sujeta a tributación por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes.

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