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V0746-15 9 mars 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación no dineraria

Conditions d'application du régime spécial des apports en nature et traitement fiscal des résidents aux États-Unis

Des frères s'interrogent sur la possibilité de bénéficier du régime spécial de l'impôt sur les sociétés lors de l'apport de leurs participations à d'autres entités, ainsi que sur la validité de leurs motifs. La DGT conclut que les conditions légales sont remplies et que les motifs de réorganisation et de gestion revêtent un caractère économique.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación planteada, realizada por los hermanos residentes en territorio español, podría acogerse al régimen fiscal especial regulado en el capítulo VII del título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Y si los motivos económicos pueden considerarse como válidos a efectos de la aplicación del citado régimen especial.

La position de la DGT

La aportación de participaciones puede acogerse al régimen especial del artículo 87 de la LIS si se cumplen los requisitos de residencia, participación mínima del 5% y posesión ininterrumpida. Los motivos de racionalización de la gestión, eficacia organizativa y relevo generacional se consideran económicamente válidos según el artículo 89.2 de la LIS. Para el residente en EE. UU., la ganancia no tributa en España al no alcanzar el 25% de participación exigido por el Convenio.

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