Aller au contenu
Retour à l'index
V0709-26 30 mars 2026 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · tipo impositivo reducido

Application du taux réduit de TVA de 4 % sur l'achat de véhicules : reconnaissance préalable de l'AEAT requise

Une personne présentant une déficience visuelle de 68 % s'interroge sur l'éligibilité au taux de TVA réduit de 4 % lors de l'achat d'un véhicule. La DGT précise que l'application de ce taux est conditionnée par le respect des exigences légales et l'obtention préalable de la reconnaissance du droit par l'AEAT.

La question posée

Cuestión planteada Se cuestiona a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, si procede aplicar el tipo impositivo reducido del 4 por ciento previsto en el artículo 91.dos.1.4º de la ley 37/1992 en la compra del vehículo.

La position de la DGT

Para aplicar el tipo del 4% en vehículos destinados al transporte habitual de personas con discapacidad o movilidad reducida, se requiere el previo reconocimiento del derecho por la Agencia Estatal de Administración Tributaria mediante solicitud. El adquirente debe justificar el destino del vehículo y acreditar la discapacidad o movilidad reducida según la normativa. De no contar con dicho reconocimiento previo, la operación tributará al tipo general del 21%.

Email
Contact