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V0657-14 11 mars 2014 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IVA · deducción de cuotas

Déduction de la TVA sur les frais de déplacement et de l'IRPF pour une formation sous réserve de lien avec l'activité

Un professionnel des services informatiques s'interroge sur la possibilité de déduire la TVA relative aux frais de séjour et de déplacement pour une formation, ainsi que la déductibilité de ces frais au titre de l'IRPF. La DGT précise que la TVA acquise dans d'autres États ne se déduit pas en Espagne et que la déductibilité de la TVA et de l'IRPF dépend de l'affectation de la dépense à l'activité et du respect des conditions légales.

La question posée

Cuestión planteada I. A efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, determinar la posibilidad de deducir las cuotas soportadas en los gastos de estancia y desplazamiento para asistir al curso.

La position de la DGT

Para el IVA, los gastos de desplazamiento, hostelería y restauración en España son deducibles si el importe es un gasto fiscalmente deducible en el IRPF o IS. El IVA soportado en otros Estados miembros de la UE no puede deducirse en España, debiendo solicitarse su devolución mediante el modelo 360. En el IRPF, los gastos del curso y de estancia son deducibles si están exigidos por la actividad, se determinan por estimación directa y cumplen los requisitos de registro y justificación. La vinculación entre el curso y la obtención de ingresos es una cuestión de hecho que debe valorar la Administración.

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