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V0604-26 16 mars 2026 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · ganancia patrimonial

L'IBI payé durant la détention d'un bien immobilier n'est pas déductible de la plus-value lors de sa vente

Un contribuable demande si l'IBI payé entre 2023 et 2026 pour un logement reçu par succession peut être déduit lors de la vente. La DGT répond que cet impôt ne constitue pas une charge inhérente à l'acquisition ni à la transmission.

La question posée

Cuestión planteada El consultante vende en enero de 2026 una vivienda que recibió por herencia de sus padres en el año 2023. Se plantea si el IBI satisfecho en los ejercicios 2023 a 2026 es fiscalmente deducible a efectos del cálculo de la ganancia patrimonial obtenida en la venta

La position de la DGT

El IBI satisfecho durante los años de titularidad del inmueble no tiene la consideración de gasto inherente a la adquisición ni a la transmisión según el artículo 35 de la LIRPF. Por tanto, no procede su cómputo para determinar el valor de adquisición ni el valor de transmisión del bien. Los gastos inherentes deben estar directamente relacionados con la compra o la venta del inmueble.

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