Aller au contenu
Retour à l'index
V0594-20 16 mars 2020 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · indemnización por despido

L'indemnité de licenciement collectif est exonérée dans les limites du Statut des travailleurs et de 180 000 euros

Le consultant s'interroge sur le traitement fiscal d'une indemnité de licenciement collectif et sur la déductibilité des cotisations d'une convention spéciale avec la Sécurité sociale. L'administration fiscale détermine que l'indemnité est exonérée sous certaines limites et que les cotisations de la convention constituent des charges déductibles.

La question posée

Cuestión planteada Tratamiento fiscal, por el IRPF, de la indemnización por extinción de la relación laboral, aplicación de la exención contemplada en el artículo 7.e) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducibilidad de las cotizaciones al Convenio Especial con la Seguridad Social.

La position de la DGT

La indemnización por extinción de la relación laboral en un despido colectivo está exenta del IRPF con el límite del menor entre la cuantía establecida obligatoriamente en el Estatuto de los Trabajadores para el despido improcedente y la cantidad de 180.000 euros. Por otro lado, las cotizaciones a la Seguridad Social por convenio especial tienen el tratamiento de gastos fiscalmente deducibles de los rendimientos del trabajo.

Email
Contact