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V0563-26 10 mars 2026 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · pérdida patrimonial

Possibilité de comptabiliser une perte patrimoniale suite à une remise de dette dans une procédure collective

Le demandeur s'interroge sur la possibilité de déclarer une perte patrimoniale relative à une créance non recouvrée et aux actions reçues d'une société en procédure collective. La DGT précise que la remise de la créance constitue une perte comptabilisable et que la perte liée aux actions nécessite la liquidation de la société.

La question posée

Cuestión planteada Tratamiento en el IRPF del crédito no reconocido por la administración concursal y posibilidad de dar una pérdida patrimonial por las acciones recibidas que son no cotizadas.

La position de la DGT

La pérdida patrimonial por el importe no recuperado del crédito se produce cuando concurren las circunstancias del artículo 14.2 letra k) de la LIRPF, como la aprobación de un convenio con quita. En este caso, la pérdida es la cuantía de la quita y se imputa al periodo de firmeza del convenio. Respecto a las acciones, la pérdida patrimonial solo puede computarse tras la disolución y liquidación de la sociedad, comparando el valor de la cuota de liquidación o de los bienes recibidos con el valor de adquisición.

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