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V0557-24 9 avril 2024 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · sociedad de gananciales

L'apport gratuit d'un bien propre à la communauté de biens génère une plus-value ou une moins-value patrimoniale

Le demandeur s'interroge sur l'existence d'une imposition au titre de l'IRPF lors de l'apport d'un bien immobilier propre à la communauté de biens et sur les modalités de calcul. La DGT précise que cette opération constitue une modification patrimoniale pour l'apporteur, la propriété de la moitié du bien étant transférée à l'autre conjoint.

La question posée

Cuestión planteada Si la aportación de determinados bienes de carácter privativo, a título gratuito, a la sociedad de gananciales implica la existencia de una alteración patrimonial en sede del cónyuge aportante, susceptible de tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Asimismo se consulta si en el caso de obtener una pérdida patrimonial en la aportación gratuita del inmueble, si dicha pérdida podría compensarse con las ganancias patrimoniales obtenidas en la transmisión de otros inmuebles y si el valor de transmisión correspondiente al inmueble aportado puede minorarse en la deuda pendiente garantizada con la hipoteca que grava el inmueble.

La position de la DGT

La aportación de un bien privativo a la sociedad de gananciales constituye una alteración en la composición del patrimonio del aportante. Se genera una ganancia o pérdida patrimonial por la transmisión de la mitad del bien (la parte que pasa al cónyuge no aportante). El valor de transmisión será el valor de referencia o de mercado, sin poder minorarlo por la deuda hipotecaria. Las pérdidas por transmisiones lucrativas no son compensables con otras ganancias patrimoniales.

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