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V0499-24 4 avril 2024 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · imputación temporal

Les salaires impayés de 2022 doivent être imputés à l'exercice 2022, même s'ils sont perçus via la FOGASA en 2024

Un travailleur réclame des salaires de 2022 reconnus par l'entreprise mais non versés, ayant perçu le paiement de la FOGASA en 2024 suite à un jugement en 2023. La DGT détermine que le revenu doit être imputé à l'année où il était exigible.

La question posée

Cuestión planteada "Imputación temporal de los salarios reconocidos por la empresa en 2022 y pagados por FOGASA en 2024, con sentencia firme en 2023".

La position de la DGT

Los salarios adeudados no entran en la regla de imputación por resolución judicial porque el derecho a su percepción no dependía de la sentencia. La imputación temporal se determina por el periodo en que el trabajador podía exigir el pago al empleador. Al percibirse en un periodo distinto al de su exigibilidad por circunstancias no imputables al contribuyente, se debe realizar una autoliquidación complementaria sin sanción ni intereses.

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