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V0435-20 25 février 2020 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · ganancias y pérdidas patrimoniales

Non-imputation de la perte patrimoniale pour une indemnité non perçue sans respect de conditions spécifiques

Le consultant s'interroge sur la possibilité de comptabiliser une perte patrimoniale relative à une indemnité accordée par jugement qu'il estime irrécouvrable. La DGT répond que la sentence crée uniquement un droit de créance et que la perte n'est imputable que lorsque la créance est juridiquement irrécouvrable selon des hypothèses précises.

La question posée

Cuestión planteada Posibilidad de reflejar una pérdida patrimonial correspondiente a la falta de cobro de la indemnización.

La position de la DGT

La sentencia que condena al pago de una indemnización genera un derecho de crédito, no una pérdida patrimonial inmediata. Para que exista pérdida patrimonial, el crédito debe ser judicialmente incobrable, ya sea por una quita en concurso de acreedores o por el transcurso de un año en un procedimiento de ejecución judicial sin satisfacción del crédito. En este caso, al no cumplirse las circunstancias del artículo 14.2.k) de la LIRPF, no procede la imputación de la pérdida.

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