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V0432-24 14 mars 2024 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · arrendamiento de inmueble

Obligation de retenue à l'IS et application du taux de TVA de 10 % pour les services d'hôtellerie en sous-location

Une société souhaite sous-louer des logements afin de proposer des services d'hôtellerie. La DGT statue sur la qualification du contrat, les obligations de retenue à l'IS et à l'IRPF, l'application de la TVA et l'inscription au registre de l'activité économique.

La question posée

Cuestión planteada Consulta para la sociedad que explota mediante subarriendo: Obligatoriedad o posibilidad de alta de actividad económica al no tener empleados. Epígrafe de IAE correspondiente si puede/debe darse de alta. Implicación de este tipo de alquiler en IVA y retenciones de IS.

La position de la DGT

El contrato se califica como arrendamiento de inmueble urbano, lo que obliga a la sociedad a practicar retención en IS del 19%. En IRPF, la sociedad debe retener al propietario salvo excepciones legales. Respecto al IVA, el subarriendo con servicios de industria hotelera está sujeto al tipo del 10%. Finalmente, ambas partes deben darse de alta en el IAE según la actividad realizada.

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