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V0428-15 3 février 2015 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Critère en vigueur
ISD · nuda propiedad

Possibilité d'appliquer la réduction de 95 % lors de la donation de la nue-propriété de parts sociales et de sa consolidation ultérieure

Une consultation porte sur l'évaluation et l'application des réductions de l'Impôt sur les Successions et les Donations lors de la donation de la nue-propriété de parts sociales. La DGT précise que la réduction de 95 % peut s'appliquer tant lors de la donation que lors de la consolidation de la pleine propriété, sous réserve du respect des conditions légales.

La question posée

Cuestión planteada Valoración y liquidación en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de la adquisición de la nuda propiedad de las participaciones. Tributación en el momento de la consolidación del dominio. Aplicación de la reducción tanto con la adquisición de la nuda propiedad como con la consolidación del dominio al fallecer el usufructuario. Percepción por el donante y usufructuario de remuneraciones por el desempeño de funciones representativas y ejecutivas en entidades filiales.

La position de la DGT

En la donación de nuda propiedad, el valor es la diferencia entre el valor real de las participaciones y el del usufructo. Al extinguirse el usufructo, se tributa por el concepto de donación sobre el valor atribuido a la nuda propiedad en su constitución, aplicando el tipo medio de gravamen de aquel momento. La reducción del 95% puede aplicarse también en la consolidación del dominio si no se agotó totalmente en la adquisición de la nuda propiedad. El desempeño de funciones directivas en filiales no impide la reducción si los requisitos de la actividad empresarial se cumplen en la entidad donada.

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