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V0426-25 20 mars 2025 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Critère en vigueur
IP · exención

Perte de l'exonération de l'impôt sur la fortune si la direction de l'entreprise est assurée par un neveu

Le demandeur s'interroge sur la possibilité de conserver l'exonération de ses participations au titre de l'impôt sur la fortune s'il cesse d'exercer des fonctions de direction alors que son neveu les assume. La DGT répond par la négative, car le neveu ne fait pas partie du groupe de parenté requis pour l'application de l'exonération conjointe.

La question posée

Cuestión planteada Cumplimiento de los requisitos legales previstos en el artículo 4.Ocho.Dos de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio, a efectos de considerar la exención de las participaciones propiedad del consultante en este impuesto en los siguientes supuestos:

La position de la DGT

Para acceder a la exención, el sujeto pasivo debe cumplir requisitos de actividad, participación mínima y funciones de dirección. Si la participación es conjunta con el grupo de parentesco (cónyuge, ascendientes, descendientes o colaterales de segundo grado), las funciones de dirección pueden ser ejercidas por uno de ellos. Sin embargo, un sobrino es un colateral de tercer grado y no integra dicho grupo, por lo que su ejercicio de la dirección no permite al consultante aplicar la exención.

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