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V0376-24 12 mars 2024 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · régimen especial de desplazados

Les gains sur cryptomonnaies et actions via des plateformes étrangères pourraient être exonérés du modèle 151

Un contribuable bénéficiant du régime spécial pour les expatriés s'interroge sur l'obligation de déclarer en Espagne les revenus issus de cryptomonnaies, d'actions et de 'cryptostakes' gérés par une plateforme chypriote. La DGT conclut que, les actifs et les dépositaires ne se trouvant pas en Espagne, ces revenus ne sont pas considérés comme provenant du territoire espagnol.

La question posée

Cuestión planteada Si las rentas procedentes de las referidas operaciones están sujetas a tributación en España y deben declararse en el modelo 151, relativo al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los contribuyentes acogidos al citado régimen especial, o, por el contrario, deben declararse en el extranjero.

La position de la DGT

Las ganancias patrimoniales por criptomonedas o 'cryptostakes' no se consideran obtenidas en España si la custodia de las claves privadas la realiza una entidad no residente. En el caso de las acciones, solo tributan si han sido emitidas por entidades residentes en España. Respecto al 'staking' como cesión de capitales, solo tributan si son satisfechos por residentes en España o retribuyen prestaciones de capital usadas en el país.

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