Aller au contenu
Retour à l'index
V0356-26 19 février 2026 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Critère en vigueur
IP · exención

La réduction de l'impôt sur les successions et donations nécessite l'exonération préalable de l'impôt sur la fortune

Un contribuable s'interroge sur la possibilité d'appliquer l'exonération de l'impôt sur la fortune et la réduction de l'impôt sur les successions et donations lors de la donation de parts d'une entreprise familiale par ses parents. La DGT précise que l'exonération de l'impôt sur la fortune constitue une condition préalable indispensable pour bénéficier de la réduction.

La question posée

Cuestión planteada Primero: Si se cumplen con los requisitos exigidos por el artículo 4.Ocho.Dos de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio para aplicar la exención.

La position de la DGT

Para aplicar la reducción del 95% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, las participaciones deben estar exentas en el Impuesto sobre el Patrimonio cumpliendo los requisitos de actividad económica, porcentaje de participación y funciones de dirección. La exención en el Impuesto sobre el Patrimonio solo alcanzará a la parte del valor de las participaciones que corresponda a la proporción de activos afectos a la actividad económica. Respecto a la afectación de participaciones en otras sociedades o préstamos, estos podrían considerarse afectos si son necesarios para la actividad y se conceden en condiciones de mercado, aunque su valoración final corresponde a la Administración.

Email
Contact