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V0340-26 19 février 2026 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · régimen especial de la agricultura

La transmission de droits PAC est taxée à 21 % et celle du matériel relève du régime spécial de l'agriculture

Un agriculteur retraité s'interroge sur la fiscalité applicable à la vente de droits PAC, de matériel et de terrains avec constructions. La DGT détermine que la qualité d'entrepreneur est maintenue durant la liquidation du patrimoine et qualifie chaque cession selon sa nature.

La question posée

Cuestión planteada Tributación de las transmisiones descritas en el ámbito del Impuesto sobre el Valor Añadido.

La position de la DGT

La transmisión de derechos PAC es una prestación de servicios sujeta al tipo general del 21%. La entrega de maquinaria afecta a la actividad está sujeta al régimen especial de agricultura, sin derecho a compensación a tanto alzado. Los terrenos rústicos no edificables con construcciones indispensables para la explotación están exentos, salvo renuncia expresa. La condición de empresario se mantiene hasta el cese efectivo y la baja en el censo, incluyendo la fase de liquidación de bienes.

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