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V0339-23 20 février 2023 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Application d'un taux de retenue de 15 % ou de 2 % selon la date de la relation de travail pour le personnel technique et auxiliaire des artistes

La consultation porte sur le taux de retenue à la source de l'IRPF applicable au personnel technique et auxiliaire engagé sous le régime de travail des artistes. La DGT détermine qu'il s'agit de revenus du travail et que les taux minimaux fixés par le Règlement de l'IRPF doivent être appliqués.

La question posée

Cuestión planteada Cuál es el tipo de retención por IRPF a aplicar sobre los rendimientos que se satisfaga al personal técnico y auxiliar que contrata en espectaculos públicos en régimen laboral (en el régimen de artista).

La position de la DGT

El personal técnico y auxiliar que presta servicios imprescindibles para la actividad artística se considera parte de la relación laboral especial de artistas. Sus ingresos califican como rendimientos del trabajo, por lo que la retención se determina según el procedimiento general del Reglamento del IRPF. No obstante, se debe aplicar el tipo mínimo: el 15% para relaciones laborales especiales dependientes (hasta el 25 de enero de 2023) o el 2% tras la entrada en vigor del Real Decreto 31/2023.

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