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V0317-21 22 février 2021 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · régimen especial de fusiones

La fusion pourrait bénéficier du régime spécial de l'IS sous réserve de conditions commerciales et économiques valides

Une société a interrogé l'administration sur la possibilité d'appliquer le régime spécial de l'IS à la fusion d'une filiale détenant un bien immobilier et sur la validité de ses motifs économiques. La DGT précise que l'opération doit respecter la réglementation commerciale ainsi que les conditions de l'IS, la validité des motifs économiques étant subordonnée à la réalité des faits.

La question posée

Cuestión planteada 1º) Si la operación descrita podría acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si los motivos económicos son válidos.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de IS, la operación debe realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplir el artículo 76.1.c) de la LIS. No se aplicará el régimen si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal sin motivos económicos válidos. Los motivos de simplificación y reducción de costes podrían ser válidos, pero su calificación depende de los hechos. En cuanto al IVA, la no sujeción requiere que los elementos transmitidos constituyan una unidad económica autónoma en el transmitente.

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