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V0160-14 24 janvier 2014 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · derecho a la deducción

Déduction de la TVA sur les frais d'événements commerciaux : conditions de déductibilité

Une entreprise d'un groupe multinational s'interroge sur la possibilité de déduire la TVA relative aux frais engagés pour l'organisation d'événements commerciaux. La DGT confirme que la déduction des montants est possible dès lors que les opérations sont assujetties et non exonérées.

La question posée

Cuestión planteada Deducibilidad de las cuotas del Impuesto soportadas por los gastos en los que incurre.

La position de la DGT

El derecho a la deducción se puede ejercer en la declaración-liquidación del periodo en que se soportan las cuotas o en los sucesivos, dentro del plazo de cuatro años. Para que proceda la deducción, los bienes y servicios deben utilizarse en la realización de entregas de bienes y prestaciones de servicios sujetas y no exentas del impuesto. En el caso concreto, la empresa podrá deducir las cuotas devengadas por operaciones gravadas realizadas en el territorio nacional.

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