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V0138-21 1 février 2021 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · deducción

La TVA acquise en France n'est pas déductible en Espagne mais doit faire l'objet d'une demande de remboursement

Une entreprise de nettoyage s'interroge sur la possibilité de déduire la TVA relative au carburant et à l'hébergement acquise en France. La DGT précise que ces dépenses ne sont pas soumises à la TVA espagnole et doivent être récupérées via la procédure de remboursement de la TVA acquise dans d'autres États membres.

La question posée

Cuestión planteada Deducibilidad de las cuotas del Impuesto sobre el Valor Añadido que se han soportado con motivo del desplazamiento de los trabajadores y adquisición de combustible. Requisitos de las facturas recibidas por la adquisición de estos bienes y servicios. En particular, cuando las operaciones tienen lugar en Francia.

La position de la DGT

Los suministros de combustible y servicios de alojamiento en Francia no están sujetos al IVA español, sino al francés. Para recuperar dicho impuesto, la empresa debe solicitar su devolución mediante el modelo 360 siguiendo el procedimiento del artículo 117 bis de la Ley del IVA. Respecto a los gastos en España, la deducción de vehículos y sus consumos depende de acreditar la afectación a la actividad, con una presunción de afectación del 50% para turismos.

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