Aller au contenu
MOYEN
FISCAL

La asunción de penalizaciones por resolución de contratos de telecomunicaciones no está sujeta al IVA

V2566-25

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia

Ficha tecnica

Tipo
consulta-vinculante (qu'est-ce que c'est ?)
Identificador
V2566-25
Publicacion
18 déc. 2025

Resumen

Un distribuidor de telecomunicaciones consultó si el pago de las penalizaciones de sus nuevos clientes por romper contratos anteriores estaba sujeto al IVA. La DGT responde que no lo está porque no existe un acto de consumo ni una contraprestación por un servicio.

A quien afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Que hacer y antes de cuando

Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Linea de vida

2025-12-18pubPublicacion en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situacion concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contact