UTE transmite gratuitamente concesión administrativa de planetario a entidad vinculada: operación sujeta a IVA como autoconsumo de servicios al 21%
Ficha tecnica
Resumen
Una UTE titular de una concesión administrativa para construir y explotar un planetario la transmite gratuitamente, antes de cualquier actuación, a una sociedad mercantil con los mismos socios. La DGT concluye que la cesión de la concesión sola no constituye unidad económica autónoma (no aplica art. 7.1º LIVA), que la transmisión de concesiones está sujeta a IVA (la no sujeción del art. 7.9º aplica solo al otorgamiento), y que al ser gratuita a entidad vinculada se califica como autoconsumo de servicios (art. 12.3 LIVA) tributable al 21%. La base imponible se determina conforme al art. 79.5 LIVA (valor de mercado por vinculación) o al art. 79.4 (coste de prestación).
A quien afecta
Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.
Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Que hacer y antes de cuando
Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.