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MOYEN
FISCAL

Medias de descanso de peluquera: no deducibles ni en IVA ni en IRPF por no ser ropa específica de la actividad ni estar afectas directa y exclusivamente

V2433-24

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia

Ficha tecnica

Tipo
consulta-vinculante (qu'est-ce que c'est ?)
Identificador
V2433-24
Publicacion
3 déc. 2024

Resumen

Una peluquera en estimación directa consulta si puede deducirse las medias de descanso que utiliza durante su jornada de pie tanto en IVA como en IRPF. La DGT niega la deducción en ambos impuestos al considerar que las medias son un producto de uso general no afecto directa y exclusivamente a la actividad.

A quien afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.

Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Que hacer y antes de cuando

Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Linea de vida

2024-12-03pubPublicacion en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
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