Medias de descanso de peluquera: no deducibles ni en IVA ni en IRPF por no ser ropa específica de la actividad ni estar afectas directa y exclusivamente
Ficha tecnica
Resumen
Una peluquera en estimación directa consulta si puede deducirse las medias de descanso que utiliza durante su jornada de pie tanto en IVA como en IRPF. La DGT niega la deducción en ambos impuestos al considerar que las medias son un producto de uso general no afecto directa y exclusivamente a la actividad.
A quien afecta
Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.
Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Que hacer y antes de cuando
Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.