Las cantidades pagadas por un abogado en estimación directa en virtud de un convenio de colaboración empresarial son gasto deducible del rendimiento neto de actividad
Ficha tecnica
Resumen
Un abogado que determina su rendimiento neto por estimación directa suscribió un convenio de colaboración empresarial con una entidad acogida a la Ley 49/2002. La DGT confirma que, cumpliendo los requisitos del art. 25 de dicha Ley, las cantidades satisfechas son gasto deducible para el rendimiento neto de la actividad económica en el IRPF, siendo este régimen incompatible con los demás incentivos de la misma Ley.
A quien afecta
Esta normativa no afecta directamente al perfil expat.
Esta normativa no afecta directamente al perfil empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Que hacer y antes de cuando
Sin accion inmediata para empresas o particulares: la obligacion recae en la Administracion o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.