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BOE-A-2026-3379 ·14 février 2026 ·otro Impact faible
Fiscal

El Tribunal Constitucional declara inconstitucional parte de la Ley 5/2024 de Galicia por medidas fiscales y administrativas

El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional el artículo 30, apartados 2, 13, 17, 19, 20, 21 y 25, y el artículo 45.5 de la Ley 5/2024 de Galicia, por vulnerar principios constitucionales en materia de energía y ordenación territorial. Esta decisión anula la aplicación de dichas normas en el ámbito de la administración pública gallega. La providencia se publicó el 27 de enero de 2026 (cite: Providencia de 27 de enero de 2026).

Qui est concerné

S'applique à ce profil

  • Empresas afectadas por normas fiscales o de ordenación territorial en Galicia

S'applique à ce profil

  • Autónomos con actividades en áreas sujetas a normas de energía o ordenación territorial

S'applique à ce profil

  • Personas físicas afectadas por medidas fiscales o de ordenación territorial en Galicia

S'applique à ce profil

  • Empresas con operaciones en Galicia y afectadas por las normas fiscales o energéticas

S'applique à ce profil

  • No residentes con intereses en Galicia en materia de energía o planificación territorial

Comment cela affecte les parties prenantes

Las administraciones gallegas deben revisar y modificar las normas afectadas, ya que su aplicación queda suspendida. Los ciudadanos y empresas afectadas pierden la seguridad jurídica en las medidas fiscales y administrativas previstas. Los asesores y organismos públicos deben actualizar sus procedimientos y comunicar la nulidad a los afectados. El sector energético y de ordenación territorial enfrenta incertidumbre en su planificación.

Chronologie

2026-02-14pubPublication au BOE
2026-01-27vigorEntrée en vigueur (Providencia de 27 de enero de 2026)
Secteurs concernés
Texte officiel Basé sur les données du BOE (boe.es). Information, pas conseil juridique.

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Cette analyse est fournie à titre informatif et ne constitue pas un conseil juridique ni une relation client-conseiller. BM Consulting.
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